
Desde la declaración de la pandemia por la propagación del virus denominado Covid-19, el Gobierno Nacional ha emitido diferentes normativas buscando disminuir y prevenir el contagio, sin embargo, dado que poco a poco los diferentes sectores de la economía han retomado funciones, y los colombianos han tenido que regresar a su lugar de trabajo, es importante plantear la pregunta con respecto a si existe responsabilidad del empleador por el contagio del virus de un trabajador.
El empleador tiene la obligación de proporcionar las mejores condiciones laborales para sus trabajadores, velando por su salud y seguridad, para ello debe adaptar y condicionar el lugar de trabajo no solo con todas las medidas de prevención del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, sino adoptando los protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud para evitar el contagio del Covid-19, teniendo en cuenta su actividad económica y además entregar los instrumentos de trabajo adecuados, así como brindar capacitaciones de acuerdo con la actividad contratada.
En términos generales, los empleadores deben tomar medidas buscando prevenir y evitar posibles contagios en sus trabajadores, iniciando con la autorización para implementar autorizar los métodos de trabajo remoto, teletrabajo o trabajo en casa; dar aviso a las autoridades competentes de los casos sospechosos; capacitar al personal para el reconocimiento de los signos y síntomas del Covid-19 y suministrar los elementos necesarios de bioseguridad.
Ahora bien, es importante señalar que el trabajador también tiene obligaciones, y por lo tanto responsabilidades. Es decir, él tiene el deber objetivo de cuidado, debe acatar las medidas e informar de los posibles riesgos, para que se tomen medidas correctivas, adicionalmente, si este decide hacer caso omiso o ignorar las medidas de seguridad y prevención del riesgo, no se podría señalar al empleador como responsable.
Con la situación actual frente a la pandemia por Covid-19, todos tenemos la responsabilidad de actuar con las medidas de bioseguridad, por lo que más que nunca es fundamental que los trabajadores respeten los lineamientos y tomen todas las precauciones para así evitar un posible contagio y evitar la propagación del virus.
Respecto a la responsabilidad del empleador, primero se debe verificar la actuación de este, es decir se requiere determinar si hubo negligencia al proteger la integridad y salud de los trabajadores, por lo tanto, si se han tomado todas las medidas de bioseguridad y prevención y se ha actuado con diligencia, no habrá lugar a responsabilidad del empleador con el eventual e infortunado contagio de Covid-19 de un trabajador.
Artículo por: Marcela Peña
