Mi Marca, ¿Un Activo valioso para mi empresa?

Sep 22, 2020

Artículo por: Mauricio Espitia    Abogado asociado Jaramillo & Asociados

Es probable que todos hayamos escuchado alguna vez sobre los activos intangibles o la propiedad intelectual, lo que en efecto es, como su nombre lo indica, aquellos activos que no son tangibles, dentro de los cuales están incluidas las Marcas. Sí, exactamente, ese nombre que comercialmente usamos para identificar los productos o servicios que ofrecemos, ese nombre que día a día luchamos por posicionar en el mercado, puede convertirse en la columna económica que le dé un mayor valor a mi compañía o empresa. 

Como corolario de lo anterior, para lograr tener un activo como el mencionado en nuestra compañía, nace la necesidad de proceder con el Registro de mi Marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), ya que sólo a través de este procedimiento, se es dueño legítimo del signo de la marca, teniendo con esto la posibilidad de detener cualquier plagio o usurpación que sobre ella pueda existir, como también en el caso en que un tercero, haciendo uso de la notoriedad en el mercado, de manera desleal pretenda vender bienes o servicios bajo el mismo nombre, buscando confundir al consumidor promedio y así hacerse de mayores ingresos con su explotación. Aunado a todo lo anterior, y siendo el pilar inicial de esta publicación, al realizar un exitoso registro de la marca ante la SIC, ésta puede ser incluida como un activo de la empresa o de la persona natural de quien sea titular.

Al una compañía o una persona natural ser propietaria de la marca, también se convierte en su titular exclusivo, lo cual le da el derecho a utilizarla o explotarla como bien le parezca; ya sea en su propio negocio, u otorgando licencias a terceros a cambio de una remuneración económica. 

El Registro de la marca tiene varias etapas y estas a su vez unas sub-etapas: 

  • Para comenzar, se debe hacer una búsqueda de antecedentes marcarios, si bien no es un paso obligatorio para el registro, si es lo más recomendado, pues así se puede verificar que no existan marcas semejantes o idénticas ya registradas o en trámite. Esto puede dar lugar a que tu solicitud de registro sea negada. 

  • Después de analizado el resultado de la búsqueda de antecedentes, puedes proceder a presentar la solicitud ante la SIC:

    1. Examen de forma, 

    2. Publicación, 

    3. Oposiciones de terceros 

    4. Por ultimo examen de fondo, si finalmente este último paso arroja un resultado positivo, la marca será otorgada por un periodo de 10 años, que podrán ser prorrogables. 

Los costos de este trámite pueden variar dependiendo de si la empresa que pretende registrar la marca es micro, pequeña o mediana, O si quien pretende su registro es una persona Natural. 

Todo este procedimiento será más sencillo si se hace de la mano de asesores como nosotros, que estamos dispuesto a acompañarlos en cada etapa, realizar las verificaciones y recomendaciones pertinentes para que el trámite sea exitoso, pues al hacer este procedimiento sin un adecuado acompañamiento, el registro puede ser negado y la inversión hecho en pagos a la SIC será un dinero perdido, pues esta entidad no hace devoluciones en estos casos.  

Si estas interesado, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, cualquiera de nuestros asesores estará complacido en atenderte.