
Artículo por: Daniela Santacruz Abogada asociada Jaramillo & Asociados
Teniendo en cuenta la crisis que a nivel mundial estamos atravesando, muchas personas se encuentran experimentando la difícil situación de la disminución de sus ingresos. Si usted se encuentra desempleado, si los ingresos de su salario han disminuido y no le alcanza para solventar sus obligaciones personales y/o familiares, o en su defecto, comenzó a incumplir con sus obligaciones financieras, usted podría ser candidato para iniciar un trámite de insolvencia de persona natural no comerciante.
A raíz de esta coyuntura, el fenómeno de la insolvencia se encuentra en auge en el territorio nacional, pero, a pesar de ser una alternativa interesante no se debe tomar a la ligera, puesto que hemos escuchados muchos mitos desinformando sobre este trámite y sobreestimando los beneficios de la ley de insolvencia, y a raíz de ello, algunas personas dan por sentado que la mejor salida es iniciar este trámite sin siquiera haber recibido alguna asesoría profesional al respecto.
Entre tantos mitos que han surgido, nos permitimos afirmar que es completamente FALSO, el supuesto que indica que solo por tener la calidad de deudor, ya los acreedores tendrán la obligación de someterse a un acuerdo. Esto no es así, el hecho de someterse al trámite de insolvencia va dirigido a un ACUERDO DE PAGO, mas no evitar pagar sus acreencias, además que el trámite no obliga a los acreedores a su aceptación, se trata de una negociación.
Lo anterior significa que, para realizar la solicitud de insolvencia, el deudor deberá proponer un acuerdo de pago no mayor a 5 años, y tener la mayoría de los votos favorables de sus acreedores teniendo en cuenta lo que llamamos calificación de créditos, es decir, no podrá iniciar el trámite de insolvencia si no tiene nada para ofrecer.
De manera que, es nuestro deber recalcar que no es conveniente someterse a un trámite de insolvencia sin antes realizar un exhaustivo estudio de su situación, pues las decisiones que se pueden tomar son, teniendo en cuenta los diferentes contextos de la crisis financiera de la persona y en consonancia a sus necesidades, es decir, podrá optarse por diferentes opciones como claramente es el trámite de insolvencia de persona natural no comerciante, como también, podrá optarse por realizar un acercamiento directo con el acreedor, o un acuerdo de convalidación de acuerdo privado, dependiendo de la situación particular de cada deudor, así mismo, se dará paso a tramitar el proceso pertinente.
Si estas interesado, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, cualquiera de nuestros asesores estará complacido en atenderte.
